
¿QUÉ PODEMOS HACER FRENTE AL IMPAGO DE VECINOS DEUDORES?
Lamentablemente, esta es una realidad con la que muchas comunidades de propietarios se encuentran. Por este motivo, es importante conocer cuáles son los procedimientos legales a seguir y asesorarse siempre con profesionales, ya que la comunidad de propietarios debe realizar varias actuaciones obligatorias antes de llegar a la reclamación judicial de la deuda:
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Hay que celebrar una Junta de Propietarios debidamente convocada, donde se acuerde aprobar la certificación y liquidación de la deuda, así como autorizar al presidente de la comunidad para que pueda reclamar la deuda judicialmente en nombre de toda la comunidad de propietarios.
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Hay que redactar el acta de la Junta de Propietarios, donde se especifique el acuerdo de la certificación y liquidación de la deuda.
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Se remite al vecino deudor una carta certificada con justificante de recepción o mediante burofax conforme se le concedí un plazo voluntario de pago de la deuda, advirtiendo expresamente que, si no realiza el pago de la totalidad de dicha deuda durante el plazo concedido, se iniciará la reclamación judicial.
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Si una vez transcurrido el plazo voluntario de pago, el vecino deudor no lo ha realizado, la comunidad podrá iniciar los trámites judiciales.